Provincia de Buenos Aires
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
Resolución Nº 4.421
La Plata, 5 de diciembre de 2011.
VISTO el Expediente Nº 5805-4584958/09 y Agregado,
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
Resolución Nº 4.421
La Plata, 5 de diciembre de 2011.
VISTO el Expediente Nº 5805-4584958/09 y Agregado,
por el cual la Dirección de Tribunales de Clasificación
propicia el llamado a Concurso de Títulos, Antecedentes
y Oposición, para la cobertura en carácter de titular de
cargos de Inspectores vacantes de la Dirección
de Inspección General para la supervisión de Servicios
Educativos de NivelInicial de Gestión Estatal y
Privada, y
CONSIDERANDO
Que se hace imprescindible la cobertura de dichos cargos
Que se hace imprescindible la cobertura de dichos cargos
con Inspectores titulares a fin de optimizar su accionar;
Que tales cargos se proveen mediante concurso de Títulos,
Que tales cargos se proveen mediante concurso de Títulos,
Antecedentes y Oposición de conformidad al artículo 76
de la Ley Nº 10.579 y Decreto Reglamentario Nº 2485/92;
Que resulta conveniente proceder a la cobertura de los mismos,
Que resulta conveniente proceder a la cobertura de los mismos,
respondiendo con ello a las expectativas de los docentes
de la Provincia de Buenos Aires, brindándoles oportunidades
de jerarquización y garantizando su estabilidad;
Que por Resolución Nº 2.650/10 y su Modificatoria Nº 3.542/10,
Que por Resolución Nº 2.650/10 y su Modificatoria Nº 3.542/10,
se llamó a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición,
para cubrir con carácter titular, los cargos de Inspectores
de Enseñanza vacantes existentes dependientes de la Dirección
de Inspección General para la supervisión de Servicios
Educativos del Nivel Inicial de Gestión
Privada;
Que la Dirección de Inspección General solicita la adecuación
Privada;
Que la Dirección de Inspección General solicita la adecuación
del mencionado acto administrativo, incluyendo en el mismo
los cargos vacantes de Inspectores de Enseñanza para la
supervisión del Nivel de Educación Inicial de Gestión Estatal,
informando la nueva conformación del Jurado para dicho Concurso;
Que en ese sentido las Direcciones Provinciales de Educación
de Gestión Privada y de Educación Inicial han tomado su debida
intervención, remitiendo el pertinente Temario y Bibliografía;
Que en virtud de lo expuesto corresponde dejar sin efecto las
Que en virtud de lo expuesto corresponde dejar sin efecto las
Resoluciones Nº 2.650/10 y Nº 3542/10 y proceder a un nuevo llamado;
Que en razón del nuevo llamado que se propicia, corresponde
Que en razón del nuevo llamado que se propicia, corresponde
autorizar la posibilidad de nuevas inscripciones y rectificación
de las realizadas de los docentes que se vean afectados por dicha
modificación, a fin de resguardar su derecho a los ascensos
jerárquicos en forma igualitaria;
Que asimismo, en razón de las prescripciones legales establecidas
Que asimismo, en razón de las prescripciones legales establecidas
por el artículo 87 y concordantes de la Ley Nº 10.579 y su
Reglamentación, resulta necesario garantizar su correcta
aplicación y consecuentemente efectivizar la promoción de los
docentes excedentes, que habiendo aprobado Concursos
anteriores no pudieron ser promovidos por
falta de vacantes;
Que el Artículo 76 apartado A.1.1. del Decreto Nº 2485/92
falta de vacantes;
Que el Artículo 76 apartado A.1.1. del Decreto Nº 2485/92
Reglamentario del Estatuto del Docente, modificado por
Decreto Nº 441/95, determina que corresponde al Tribunal
de Clasificación respectivo el llamado a Concurso para
la cobertura de cargos de Inspectores Titulares;
Que el acto que se propicia se encuadra en lo establecido por
Que el acto que se propicia se encuadra en lo establecido por
el Estatuto del Docente y su Reglamentación (Decreto Nº 2485/92
modificado por Decretos Nº 441/95 y Nº 1189/02 y
Resoluciones Nº 11324/97, Nº 11326/97, Nº 4607/98 y Nº 1277/99);
Que en uso de las facultades conferidas por el Artículo
Que en uso de las facultades conferidas por el Artículo
69 inc. a) y e) de la Ley Nº 13.688, resulta viable el
dictado del pertinente Acto Resolutivo;
Por ello,
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Dejar sin efecto las Resoluciones Nº 2.650/10
y Nº 3542/10, por las cuales se llamó a Concurso de Títulos,
Antecedentes y Oposición, para cubrir con carácter titular, los
cargos de Inspectores de Enseñanza vacantes existentes
dependientes de la Dirección de Inspección General para
la supervisión de Servicios Educativos del Nivel
Inicial de Gestión Privada.
ARTÍCULO 2º. Llamar a Concurso de Títulos, Antecedentes y
Inicial de Gestión Privada.
ARTÍCULO 2º. Llamar a Concurso de Títulos, Antecedentes y
Oposición de acuerdo con las prescripciones del Estatuto
del Docente, Ley Nº 10.579 y sus modificatorias Nº 10.614,
Nº 10.693 y Nº 10.743 y Decreto Nº 2.485/92 y sus modificatorios,
Decretos Nº 441/95 y Nº 1.189/02 y Resoluciones Nº11.324/97,
Nº 11.326/97, Nº 4.607/98 y Nº 1.277/99 con el objeto de proceder
a la cobertura con carácter de titular del 80% de los cargos
vacantes de Inspectores de la Dirección de Inspección General
para la supervisión de Servicios Educativos de Nivel Inicial de
Gestión Estatal y Privada, que se consignan en el Anexo
1 que se declara parte integrante de la presente Resolución y que
consta de cuatro (4) folios.
ARTÍCULO 3º. Establecer que las inscripciones realizadas en el
consta de cuatro (4) folios.
ARTÍCULO 3º. Establecer que las inscripciones realizadas en el
marco de las Resoluciones Nº 2.650/10 y Nº 3.542/10,
mantendrán su validez, a excepción de las rectificaciones
realizadas en el marco del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 4º. Autorizar, en virtud del nuevo llamado a concurso,
ARTÍCULO 4º. Autorizar, en virtud del nuevo llamado a concurso,
la posibilidad de realizar nuevas inscripciones en el
marco del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 5º. Determinar, que en virtud de la existencia de
ARTÍCULO 5º. Determinar, que en virtud de la existencia de
docentes excedentes que aprobaron concursos anteriores y no
pudieron ser promovidos por falta de vacantes y a los efectos de
garantizar su derecho a la promoción al cargo, las vacantes
ofrecidas nominalmente en el presente acto podrán sufrir variaciones.
ARTÍCULO 6º. Establecer que la Dirección de Tribunales de
ARTÍCULO 6º. Establecer que la Dirección de Tribunales de
Clasificación actualizará la nómina de las vacantes antes del
inicio del acto de promoción, momento en que deberán publicarse
las mismas y proceder a la notificación fehaciente de los aspirantes
que participan del Concurso que se aprueba por el Artículo 2º del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 7º. Determinar que para la substanciación del
ARTÍCULO 7º. Determinar que para la substanciación del
mencionado Concurso, se constituirá el jurado conforme a lo determinado
en el Artículo 83 apartado IV del Estatuto del Docente de la
Provincia de Buenos Aires, cuya nómina obra en Anexo 2,
parte integrante de la presente Resolución que consta de un (1) folio.
ARTÍCULO 8º. Establecer que los aspirantes que se postulen,
ARTÍCULO 8º. Establecer que los aspirantes que se postulen,
deberán reunir las condiciones generales para los ascensos y específicas
para el cargo al que se convoca, que se consignan en los Anexos 3 que
consta de dos (2) folios y Anexo 4 que consta de un (1) folio y que
se declaran parte integrante del presente Acto Resolutivo
ARTÍCULO 9º. Aprobar el temario para las pruebas de oposición
con su especificación bibliográfica que obra como Anexo 5,
que se declara parte integrante de la presente Resolución y que
consta de cinco (5) folios.
ARTÍCULO 10. Aprobar la Declaración Jurada de Inscripción a
ARTÍCULO 10. Aprobar la Declaración Jurada de Inscripción a
cumplimentar por los aspirantes para participar en el Concurso
de referencia, que se adjunta como Anexo 6, que pasa a ser parte
integrante del presente Acto Resolutivo y que consta de tres (3) folios.
ARTÍCULO 11. Considerar el Puntaje Docente al 31 de diciembre
ARTÍCULO 11. Considerar el Puntaje Docente al 31 de diciembre
del año anterior al llamado a Concurso como antecedente
valorable, según tabla de conversión que obra en Anexo
7 que se declara parte integrante del presente Acto Resolutivo
y que consta de dos (2) folios.
ARTÍCULO 12. Facultar a la Dirección de Tribunales de Clasificación,
ARTÍCULO 12. Facultar a la Dirección de Tribunales de Clasificación,
en el marco de la normativa vigente, a la elaboración del
Cronograma de Acciones del procedimiento concursal aprobado
por el presente acto administrativo.
ARTÍCULO 13. Aprobar los instrumentos de evaluación de cada
ARTÍCULO 13. Aprobar los instrumentos de evaluación de cada
una de las pruebas concursales que obran como Anexos 8, 9,10 y
11 que se declaran parte integrante de la presente Resolución y que
consta cada uno de ellos de un (1) folio.
ARTÍCULO 14. Aprobar la Planilla Resumen de Inscripción que obra
ARTÍCULO 14. Aprobar la Planilla Resumen de Inscripción que obra
en Anexo 12, que se declara parte integrante de la presente y que
consta de un (1) folio.
ARTÍCULO 15. Aprobar la Planilla de Nómina de Concursantes
ARTÍCULO 15. Aprobar la Planilla de Nómina de Concursantes
Aprobados que obra en Anexo 13 que consta de un (1) folio y
que se declara parte integrante de la presente ARTÍCULO 16.
Establecer que la presente Resolución será refrendada por el
Señor Subsecretario de Educación.
ARTÍCULO 17. Registrar esta Resolución que será desglosada
ARTÍCULO 17. Registrar esta Resolución que será desglosada
para su archivo en la Dirección de Coordinación Administrativa,
la que en su reemplazo agregará copia autenticada de la
misma; comunicar a las Subsecretarías de Educación y Administrativa,
a las Direcciones Provinciales de Gestión Educativa; de
Recursos Humanos, de Planeamiento, de Educación Inicial; de
Educación de Gestión Privada; a la Dirección General de
Administración, a las Direcciones de Inspección General, de Personal,
Administración, a las Direcciones de Inspección General, de Personal,
de Tribunales de Clasificación, de Concursos y Pruebas de Selección,
de Tecnología de la Información, de Gestión de Asuntos Docentes; y
por su intermedio a quienes corresponda. Publicar en el Boletín
Oficial. Cumplido, archivar.
Daniel H. Belinche Mario N. Oporto
Subsecretario de Educación Director General
Dirección General de de Cultura y Educación
Cultura y Educación
Daniel H. Belinche Mario N. Oporto
Subsecretario de Educación Director General
Dirección General de de Cultura y Educación
Cultura y Educación
EL TEXTO COMPLETO: http://bejomi1.files.wordpress.com/2012/02/2012-02-03.pdf
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