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domingo, 10 de julio de 2011

Concursos de Tìtulos y Antecedentes



Se da conocimiento del Documento Nº 1/2011 del llamado a Concurso de Tìtulos y Antecedentes segùn detalle de las resoluciones mencionadas 
 Documento Nº 1/2011
Los lineamientos de la actual Política Educativa  ha llevado adelante acciones para favorecer la conformación de los equipos de conducción a partir de las instancias de Concursos fijadas en el Estatuto del Docente y su reglamentación.
                                         En esta línea la Dirección de Tribunales de Clasificación ha propiciado el dictado de  diferentes  actos resolutivos   llamando a Concurso de Títulos y Antecedentes para cubrir con carácter titular, diferentes  cargos jerárquicos vacantes: prosecretarios, preceptores residentes y jefes de preceptores.                                       
Resolución 1677: Prosecretario Secundaria.
Resolución 1678: PR Residente Secundaria Técnica.
Resolución 1679: PR Residente Secundaria.
Resolución 1680: PR Residente Secundaria Agraria.
Resolución 1687: Prosecretario Secundaria Técnica.
Resolución 1688: Prosecretario Secundaria Agraria.
Resolución 1690: Jefe PR Secundaria Agraria.
Resolución 1691: Jefe PR Secundaria Técnica.
Resolución 1692: Jefe PR Secundaria.
Resolución 1693: Prosecretario Primaria.
Resolución 1694: Prosecretario Especial.
  De conformidad a lo pautado en el Artículo 76º de la Ley Nº 10579 en el apartado B, Decreto Reglamentario Nº 2485/92 modificado por el Decreto Nº 441/95 y normativa concordante, los ascensos en los cargos arriba mencionados se realizan por Concurso de Títulos y Antecedentes . Es decir que la normativa para los ascensos en estos cargos, No pauta pruebas de oposición,  o sea pruebas escritas, coloquios, entrevistas.
  Al respectoestimamos conveniente recordar queLos títulos y Antecedentes se ven reflejados en el Puntaje Anual Docente. Si tenemos en cuenta estos llamados, a los docentes que se inscriban habrá que  considerarles el Puntaje Anual Docente al 31 de diciembre del año anterior al llamado a concurso como antecedente valorable. Por otra parte , en virtud a lo acordado en la Comisión Técnica Ad hoc integrada por representantes de la Dirección General de Cultura y Educación y de las Entidades Gremiales con personería gremialen todos los concursos de títulos y antecedentes  previstos en los términos del art. 76 B para cubrir cargos jerárquicos en carácter de titular, convocados en el ciclo lectivo 2011, por única vez y de manera excepcional, al promedio final del mismo se adicionará un puntaje suplementario de 0,50 puntos por año lectivo o fracción no menor de 6 meses, por desempeño de funciones jerárquicas sin estabilidad y de igual nivel al cargo que concursa.

                                                      En estas acciones a desarrollar en territorio resulta sumamente valioso el aporte que sobre el tema puedan brindar en carácter de asesoramiento  las Secretarías de Asuntos Docentes Distritales  y todo el Equipo Institucional, partiendo de las obligaciones  que la Ley de Educación Provincial establece. (Ley 13688- Art 87):
Difundir las pautas y cronogramasque regulan las inscripciones  de concursos para cargos jerárquicos con carácter de titular.
Notificar los actos administrativosde convocatoria a los responsables de los servicios educativos.


                                                        En la tarea de difundir las pautas de los actos resolutivos  incluye conocer y apropiarse  de los mismos a través de la lectura del fundamento dado en los diferentes considerandos y de las prescripciones de procedimiento de los distintos articulados. Acompañar a los docentes que consultan en la Secretaría de Asuntos Docentes  en la lectura de los citados actos resolutivos permitirá  la difusión adecuada y democrática que merece todo concurso propiciando a través de la norma el acceso a la titularidad de todos los docentes que aspiren a dichos cargos.
                                                        Para la apropiación mencionada recomendamos un trabajo previo con los equipos institucionales de lectura y análisis de los mismos.
                                                        Entendemos que difundir merece  considerar  la transmisión, la comunicación, la publicación, la enseñanza, en  dar a conocer los actos resolutivos en cuestión. Las estrategias de gestión de cada Secretario de Asuntos Docentes permitirá la divulgación más democrática entre jerárquicos y docentes del distrito.
                                                          Los Secretarios de Asuntos Docentes Referentes de Capacitación  colaborarán  con los Secretarios de Asuntos Docentes de su área ante necesidades producto de la lectura previa mencionada con el apoyo incondicional de la Dirección de Gestión de Asuntos Docentes.
                                                          Estas convocatorias a Concurso de Títulos y Antecedentes es un hecho que merece atención y dedicación dado que es novedoso para el docente. 
                                                          A través de una fluida comunicación se alcanzará el correcto conocimiento de lo normado y favorecerá la  notificación de los actos administrativos en tiempo y forma  para llegar a la totalidad de los docentes antes del inicio del período de inscripción. Esta responsabilidad es ineludible  por cuanto las mejores estrategias permitirán alcanzarlas.
                                                           He aquí un gran desafío del nuevo paradigma de gestión del Secretario de Asuntos Docentes. Descontamos una vez más el compromiso a volcar en la tarea encomendada.

Dirección de Gestión de Asuntos Docentes
LA PLATA, 6 de julio de 2011

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